
Por: Dr. Ismael Guerrero Millán.
Desde hace ratito, al 2×3, se presentan diferentes ejercicios para consumo de la opinión, constituyente, golpe blando, reelección, consulta popular que es el de ahora. Veamos sucintamente, dentro del contexto; a raíz del archivo de la reforma laboral, el Presidente Petro, dijo palabras mas palabras menos, que no se necesitaba el Congreso para las reformas (Nos preguntamos si esto lo pensó desde siempre, entonces, ¿para qué las llevó al legislativo?), ya en el punto de ambientar la consulta popular, se impulsarán según Sanguino el Min. Trabajo, comités de diferentes órdenes para ello.
Pero, veamos en que consiste la consulta popular, sintéticamente, tenemos:
- El 104 de la Constitución política, facultan al Presidente para que con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de Republica, pueda “consultar”, al pueblo decisiones trascendentes. La decisión es obligatoria.
- Las leyes 134 y 1757 autorizan legalmente al Presidente.
- No se puede someter a consulta el texto de una reforma.
- La Sentencia T- 445 de 2016, da claridad sobre como debe ser la redacción del tarjetón para que se de un mandato al ejecutivo y para que el Congreso cumpla con sus funciones legales y constitucionales. (existe un deber de claridad en la formulación de las preguntas sometidas a la consideración del pueblo, y la inclusión de notas o preguntas introductorias, así como los términos en que sean redactadas, debe presentar de manera completa el contenido de los artículos que introducen”).
- Señalemos el preámbulo de la Constitución Política, que también es vinculante, dice que los objetivos constitucionales se alcanzan: …“en un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo”.
- La votación se efectuará dentro de los 4 meses siguientes al pronunciamiento del Senado.
Ahora, debe preguntarse dada la crisis económica en todos los órdenes, con el conocimiento que se tiene de la desvinculación como Ministro de Hacienda de Diego Guevara por no haberle aceptado al Presidente Petro alguna decisión y el nombramiento como Ministro de German Ávila, de quien se puede conocer su trayectoria y quien seguramente será, como dicen los gringos un yes-man, ¿Cuánto costará la consulta? Y si esta es el inicio de la campaña 2026.
¿La abstención será predominante?
EGU SUNT QUESUM
Tags: Congreso, Consulta popular, Legislativo
Oswald Del Castillo
La abstención será predominante, teniendo en cuenta qué la participación por el si o no, la idea es no llegar al número de votos necesarios para desarrollar la consulta. Y así demostrar qué no posee las mayorías aunque maneje la maquinaria.
marianaguerrerofranco@gmail.com
Gracias por el comentario, Oswald